Nombre: |
APOYOS A LAS INVERSIONES ESTRATÉGICAS |
Dependencia: |
Secretaría de Desarrollo Económico y del Trabajo |
Institución: |
Fideicomiso Fondo Desarrollo Empresarial y Promoción de la Inversión (FIFODEPI) |
Población objetivo: |
Podrán ser sujetos de los apoyos que contemplan las presente reglas, aquellas personas físicas o morales a que se refiere el artículo 18 de la Ley, una vez que cumplan con los requisitos de elegibilidad exigidos por dicho artículo así como los requisitos y supuesto que se establecen las presentes reglas de operación.
|
Objetivo: |
Atraer la inversión privada productiva al Estado, ya sea capital nacional o extranjero así como la promoción de la reinversión en las empresas formalmente establecidas en el Estado.
|
Tipo de apoyo: |
Los apoyos a las inversiones estratégicas, deberán destinarse preferentemente a alguno o algunos de los siguientes rubros:
a. Infraestructura.
b. Renta de espacios.
c. Costo inicial por la conexión a servicios básicos.
d. Equipamiento. |
Derecho social: |
Económico
|
Tipo de padrón: |
Actores sociales, Personas
|
Periodicidad: |
Semestral (Dos Veces En El Año) |
CUAPS: |
|
MIR: |
|
Diagnóstico: |
|
ROP: |
|
Padrón: |
Personas |
Actores |
Poblaciones |
|
|
|
|
Evaluación Interna: |
|